AYUDAS PARA OBRAS DE REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS DEL DISTRITO CENTRO

Ayudas a la ejecución de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos, previstas dentro en el Programa 1, de Ayuda a las Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Distrito Centro. Fase I”, en el municipio de Alcobendas.

CONCEDEN

Comunidad de Madrid, con la colaboración del Ayuntamiento de Alcobendas y la Empresa Municipal de la Vivienda (EMVIALSA).

OBJETO DE LAS AYUDAS

• Las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominantemente residencial para vivienda.
• Las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico en el ámbito delimitado por el ERRP complementarias al desarrollo de las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en los edificios residenciales.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

a) Actuaciones de mejora o rehabilitación en edificios residenciales con las que se obtengan una reducción del al menos el 30% del consumo de energía primaria renovable.
b) Las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico en el ámbito delimitado por el ERRP.

Importe de las ayudas:

Ahorro energético% Máximo del coste subvencionableCuantía máxima por viviendaCuantía máxima m2 local
30% - 45%40%8.100 €/viv72 €/m2
45% - 60%65%14.500 €/viv130 €/m2
+ 60%80%21.400 €/viv192 €/m2


• Ayudas complementarias por actuaciones con amianto (máximo 1.000 €/viv. O 12.000 €/finca) o por vulnerabilidad (hasta un máximo del 100% de la inversión individual).
• Ayudas a obras de reurbanización hasta el 15% del coste de la actuación en función de las ayudas realmente ejecutadas en las viviendas programadas.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Hasta el 31 de octubre de 2023

DESTINATARIOS Y/O REQUISITOS

1. Persona física, es decir propietarios o usufructuarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.
2. Administraciones públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
3. Comunidades de propietarios, o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto en la normativa sobre Propiedad Horizontal o equivalente en normas forales de aplicación.
4. Propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
5. Sociedades cooperativas compuestas de forma agrupada por propietarios de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por los propietarios que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en la normativa sobre Propiedad Horizontal, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
6. Empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.

2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.

3. Selecciona una de estas dos opciones:
a. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
b. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.

4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
• Aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud
• Consultar su estado de tramitación

NORMATIVA

Orden 2003/2023, de 22 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda previstas dentro en el Programa 1, de Ayuda a las Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Distrito Centro. Fase I”, en el municipio de Alcobendas.
• Extracto de la Orden 2003/2023, de 22 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda previstas dentro en el Programa 1, de Ayuda a las Actuaciones de Rehabilitación a Nivel de Barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Distrito Centro. Fase I”, en el municipio de Alcobendas (BOCM nº 182, de 2 de agosto)
Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

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